# Preguntas frecuentes FP

**Dudas y preguntas frecuentes sobre los estudios de Formación Profesional: evaluación, promoción, formación en empresas...**

# Evaluación en los Ciclos Formativos

<p class="callout info">**Dudas y preguntas frecuentes sobre evaluación y calificación en Ciclos Formativos de Formación Profesional**</p>

### ¿Cuáles son las normas legales que regulan la evaluación y acreditación académica en los ciclos formativos de FP?

<span style="white-space:pre-wrap;">La normativa de referencia para nuestra comunidad es la </span>[ORDEN EDU/1575/2024, de 23 de diciembre](https://simondecolonia.alwaysdata.net/ORDEN%20EDU/1575/2024,%20de%2023%20de%20diciembre,), por la que se regula el proceso de evaluación del alumnado que curse enseñanzas de grados D y E del sistema de formación profesional en la Comunidad de Castilla y León.

<span style="white-space:pre-wrap;">Esta normativa autonómica desarrolla lo dispuesto en otra norma de carácter estatal: el </span>[Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-16889).

### ¿Qué significa que la evaluación es continua?

Según la ORDEN EDU/1575/2024, de 23 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación del alumnado que curse enseñanzas de grados D y E del sistema de formación profesional en la Comunidad de Castilla y León, la evaluación tendrá un carácter continuo, por lo que se realizará a lo largo de todo el proceso formativo del alumnado. Además, se promoverá el uso generalizado de instrumentos de evaluación variados, flexibles y adaptados a las distintas situaciones de aprendizaje.

Esto implica que, además de pruebas y exámenes puntuales, el profesorado puede utilizar otros momentos e instrumentos para evaluar el progreso del alumnado como las prácticas, trabajos, participación, etc. La evaluación continua permite habitualmente ir superando aprendizajes a lo largo del curso para ir eliminando materia.

Pero en los Ciclos Formativos que la evaluación sea continua, no implica necesariamente que la evaluación positiva en un trimestre conlleve la superación de los anteriores trimestres. Eso puede depender del criterio de cada profesor o del equipo educativo del ciclo.

### ¿Es obligatoria la asistencia a clase para aprobar?

En la modalidad presencial y en oferta completa, el proceso de evaluación continua requiere la asistencia regular a las clases y actividades programadas para los distintos módulos profesionales del ciclo formativo.

Para mantener el sistema de evaluación continua es necesaria una asistencia habitual a clase. En el CIFP Simón de Colonia, se requiere la asistencia al 90% de las clases en cada módulo.

Las faltas debidamente justificadas por enfermedad o trabajo pueden hacer que este porcentaje se reduzca hasta el 65%.

En otro caso, el alumnado será evaluado de acuerdo con el procedimiento que el equipo educativo haya establecido en la programación del ciclo formativo.

### ¿Puede tener otras consecuencias la falta de asistencia regular a clase?

La falta de asistencia regular a clase puede tener otras consecuencias en caso de algunas enseñanzas en las que se trabaje en condiciones de riesgo para tu seguridad.

El equipo docente podrá decidir sobre la imposibilidad de que un alumno o alumna realice, definitiva o temporalmente, determinadas actividades programadas en ciertos módulos que pudieran implicar riesgos para su integridad física o la de otras personas, cuando aprecien evidencias de que no existen garantías de seguridad suficientes.

### ¿Hay adaptaciones en la evaluación para el alumnado con discapacidad?

La evaluación del alumnado con discapacidad se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en la ORDEN EDU/1575/2024, de 23 de diciembre, aplicándose, en su caso, las adaptaciones en los instrumentos de evaluación previstas en la normativa vigente y en las programaciones didácticas.

La normativa contempla la posibilidad de adaptaciones metodológicas, de ampliación de tiempos y de recursos, el uso de sistemas de comunicación alternativos y la utilización de apoyos técnicos que faciliten el proceso de evaluación.

### ¿Puedo solicitar aclaraciones al profesorado sobre mis calificaciones?

Puedes solicitar aclaraciones sobre las decisiones tomadas en la correspondiente sesión de evaluación y sobre tus calificaciones el primer día hábil posterior a la entrega del boletín de notas.

Tú o tus padres, si eres menor de edad, podréis también solicitar al profesorado información complementaria mediante entrevistas personales, especialmente cuando los resultados de aprendizaje no sean positivos o cuando consideréis oportuno. El centro te informará del procedimiento y horario para solicitar entrevistas al profesorado y, en su caso, al departamento de orientación.

### ¿Tengo derecho a ver los exámenes y pruebas de evaluación que he realizado una vez corregidas?

El alumnado y, en caso de minoría de edad, sus progenitores o representantes legales, tendrán acceso a vista y copia de todas las pruebas de evaluación realizadas, una vez hayan sido corregidas, siempre y cuando la petición esté justificada dentro del proceso de evaluación y se solicite por escrito a la dirección del centro.

### ¿Cómo se pueden reclamar las calificaciones si no estás de acuerdo con ellas?

<span style="white-space:pre-wrap;">Conforme a lo establecido en el artículo 7 del </span>[Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos en los centros educativos de Castilla y León](https://www.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionPublica/es/Plantilla100Detalle/1248367026092/Normativa/1216042606083/Redaccion), todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad.

Este derecho implica obtener aclaraciones del profesorado y, en su caso, efectuar reclamaciones respecto de las decisiones y calificaciones obtenidas en las evaluaciones trimestrales, finales del curso escolar o en las excepcionales, en los términos que reglamentariamente se establezca.

El procedimiento y los plazos para la presentación y la tramitación de las posibles reclamaciones a las calificaciones obtenidas en las evaluaciones finales del curso escolar o en las excepcionales, se establece en el Artículo 19 de la ORDEN EDU/1575/2024, de 23 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación del alumnado que curse enseñanzas de grados D y E del sistema de formación profesional en la Comunidad de Castilla y León.

<span style="white-space:pre-wrap;">Este procedimiento también está regulado en el artículo 17 bis del </span>[Reglamento de Régimen Interior del CIFP Simón de Colonia](https://www.simondecolonia.net/reglamento)